HIMA San pablo

El miércoles, 9 de diciembre pasado, la UGT y su Comité Negociador, integrado por Ramón Moctezuma, Ángel Ayala, Marisol Samot, Myrna Casanova, Zaida Cancel, organizadora de campo y el abogado José Añeses, asesor sindical de la UGT, se reunieron con el patrono de HIMA San Pablo para continuar negociando el Convenio Colectivo. En ningún momento de la reunión, el patrono, representado por E. Pérez y E. Robinson, mencionaron que no se pagaría el bono de Navidad.

Al día siguiente, en horas de la tarde, E. Pérez notifica mediante llamada telefónica el recibo de una carta del Departamento del Trabajo indicativa de que HIMA San Pablo estaba eximido de pagar el bono de Navidad al personal no-unionado, pero en el caso al personal unionado estaban obligados a cumplir con lo establecido al respecto en el Convenio Colectivo y no estaba HIMA-San Pablo exento de pagar dicho beneficio a los empleados de la Unidad Apropiada representada por la UGT.

El patrono pretendía que la UGT aceptara la determinación de HIMA San Pablo de no pagar el bono de Navidad a los empleados unionados de Caguas y Fajardo, a pesar de que el Departamento del Trabajo no los había eximidos de dicho pago.

En una conversación, la UGT le señaló al señor E. Pérez su disposición a aceptar que el pago de bono de Navidad en dos pagos en su totalidad, la mitad el 15 de diciembre y la otra mitad el 30 de diciembre de 2015. No obstante, rechazaron la propuesta y al día siguiente, en conversación telefónica con E. Pérez y el licenciado Eladio Cartagena, el abogado Añeses dejó saber la disposición de la UGT a aceptar el pago del bono de Navidad en dos plazos: el 15 de diciembre y si no podían hacer el segundo pago el 30 de diciembre de 2015, ese segundo pago se hiciera la primera quincena de enero de 2016.

Esa es la verdad. Nunca la UGT se opuso a un acuerdo de pago prorrateado en dos plazos, siempre y cuando se cumpliera con la cuantía dispuesta en el Convenio Colectivo y con lo comunicado por el Departamento del Trabajo.

Sin embargo, HIIMA San Pablo amenazó con llevar una demanda de Sentencia Declaratoria para que el Tribunal resuelva que el Departamento del Trabajo no puede obligarlos a pagar el bono de Navidad. De igual manera, nunca revelaron que cantidad estaban considerando pagar mediante lo que denominaban como “regalía”, contrario al reclamo de la UGT de que se pague conforme al Convenio Colectivo y al señalamiento del Departamento del Trabajo.