Sin las intervenciones de la Unión General de Trabajadores (UGT) no se respetaría la clasificación de puestos en el Departamento de Salud, como instrumento de hacerle justicia a los trabajadores a estar debidamente clasificado y administrar adecuadamente los recursos humanos.

En otro caso más de hacer valer ese derecho, la UGT compareció ante la Comisión Apelativa del Servicio Público (CASP) a través del licenciado Andrés Montañez Coss en representación del compañero Sirfrancis Millán Cotto. El querellante había sido nombrado interinamente como Encargado de la Propiedad el 2 de noviembre de 2009. Luego de cumplir con todos los requisitos, el Departamento de Hacienda reconfirmó su nombramiento el 4 de mayo de 2010, lo que significa que desde esa fecha es la persona autorizada para ejercer estas funciones.

Desde esa fecha hasta el presente, Millán Cotto, quien ocupaba el puesto al que había sido nombrado originalmente de Oficinista II pero ejerce como Encargado de la Propiedad hasta el momento, sin recibir retribución alguna conforme al nuevo cargo ejercido.

El querellante solicitó su reclasificación desde el año 2011, sin que se haya atendido su solicitud y los jefes y supervisores del programa han solicitado su reclasificación si que hayan recibido tampoco contestación alguna.

El árbitro Carlos Román Espada, de la CASP, observa en su laudo que si bien la clasificación de puestos es una prerrogativa gerencial, constituye un derecho del empleado de estar debidamente clasificado. Y que la clasificación de puestos significa la agrupación sistemática de puestos de clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración de personal.

Agrega el árbitro Román Espada que “esto es afín con el derecho constitucional de igual paga por igual trabajo”.

A la luz de los hechos y la prueba estipulada, el árbitro Román Espada emitió un laudo determinando que al compañero Millán Cotto le corresponde ser reclasificado al puesto de Encargado de la Propiedad. Se ordena su reclasificación y el pago correspondiente a partir del primero de julio de 2011.

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