En una jornada marcada por intensas manifestaciones y reclamos de diversos sectores sociales, la Cámara de Representantes de Puerto Rico decidió retirar del calendario de votación el Proyecto de la Cámara 1115 (PC 1115) este lunes 27 de abril de 2026. La medida, que propone derogar la actual Ley de Salario Mínimo (Ley 47-2021) y eliminar la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo (CESM), regresará a la Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales para una evaluación más profunda. La Cámara había programado la votación para ayer lunes, sin haber permitido se expresaran diversos grupos sindicales que habían solicitado se les escuchara. La Comisión de Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara había realizado vistas públicas, excluyendo a sectores de la sociedad civil, sindicatos y hasta a los propios miembros de la Comisión Evaluadora. Segun denunció el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, no se le refirió el proyecto para evaluación técnica. Tampoco se concedió una segunda vista solicitada, para que pudieran asistir los sectores que no fueron invitados y poder brindar información científica corroborable.
El Núcleo de la Controversia: ¿Quién decide el salario mínimo, bajo que criterio y con que frecuencia?
Desde 2021 la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo (CESM), un ente multisectorial adscrito al Departamento del Trabajo, es quien toma esa decisión de ajuste salariales, basada en datos científicos, el costo de vida y el poder adquisitivo. La actual ley (Ley 47 de 2021) estipula que cada 2 años se revise el salario mínimo, basada en estudios multisectoriales con data científica, independiente de presiones politico-partidistas. Gracias a esta frecuente revisión no politizada, “el crecimiento (económico) ha sido consistente, el empleo privado ha aumentado, y se han registrado las tasas de desempleo y pobreza más bajas en la historia de la isla,” expresó el Dr. Iyarí Ríos González en conferencia de prensa la semana pasada.
¿Que busca el proyecto 1115?
El PC 1115, radicado por el representante Roberto López Román (PNP), busca eliminar la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo (CESM), para así poder devolver a la Asamblea Legislativa la facultad exclusiva de fijar y revisar el salario mínimo, una función que desde 2021 recae Comisión Evaluadora del Salario Mínimo. El PC 1115 eliminaría la actual revisión del salario mínimo cada 2 años, y cambiaría esa revisión a cada 4 años. Congelando el salario mínimo ese tiempo, si tomar en cuenta factores como el alza en el costo de vida y la inflación, entre otros. Si luego de esos 4 años no se aprueba un aumento, habría que esperar 4 años adicionales a la próxima revisión, congelando el salario mínimo por 8 años. Los líderes sindicales describen el proyecto como un “secuestro salarial” impulsado por gremios patronales, con el objetivo de congelar los salarios por periodos prolongados, como ocurrió en el pasado cuando el salario mínimo aumentó solo una vez en 25 años.
El Frente Sindical: “Un retroceso para los trabajadores”
Más de 20 organizaciones sindicales y profesionales se movilizaron al Capitolio para denunciar que el proyecto responde a presiones de sectores empresariales y que resultará en un estancamiento salarial a largo plazo.
“Aprobar este proyecto hoy implicaba no solamente que los trabajadores iban a tener congelado su salario mínimo a $10.50, sino que también no habría una estructura uniforme para una revisión cada dos años”, advirtió uno de los portavoces sindicales presentes.
Los líderes gremiales recordaron que antes de la Ley 47, Puerto Rico pasó casi 25 años sin aumentos significativos. Entre los logros atribuidos a la actual ley y la labor de la Comisión destacan:
Reducción de la pobreza en un 3% (aprox. 100,000 personas).
Las tasas de desempleo y pobreza más bajas en la historia
La Postura Empresarial: Burocracia vs. Representatividad
En la otra acera, diez organizaciones del sector privado, lideradas por la Cámara de Comercio y el Centro Unido de Detallistas (CUD), respaldan la medida alegando que la Comisión carece de legitimidad democrática y representatividad completa. El sector patronal apoya el PC 1115 y se opone a la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo. Argumentando que determinaciones económicas de gran impacto deben recaer en funcionarios electos por el pueblo y no en un cuerpo administrativo. Margaret Ramírez Báez, presidenta de la Cámara de Comercio, señaló que el salario debe ser determinado por el mercado y legislaciones puntuales, evitando “capas burocráticas innecesarias”.
La realidad es todo lo contrario a lo que expresa presidenta de la Cámara de Comercio. La Comision Evaluadora de Salario Mínimo y la actual Ley 47, proveen legitimidad y representación. Debido a la composición Multisectorial de miembros nombrados por el Gobernador y confirmados por el Senado. Y al contar con la representación de los trabajadores, patronos, la academia y el interés público a través de la Secretaría del Trabajo. Sin embargo el El PC 1115 causaría todo lo contrario. Dejaría esa decisión en manos de la Asamblea Legislativa, alegadamente influenciada por los intereses de los gremios laborales (según conferencia de prensa del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico).
Futuro del Proyecto: Hacia Vistas Públicas
Tras la suspensión de la votación, el liderato legislativo, encabezado por el presidente cameral Carlos “Johnny” Méndez, accedió a abrir el espacio para vistas públicas adicionales. El representante Víctor Parés (PNP) anunció el retiro de la medida del hemiciclo, mientras que el portavoz alterno del PPD, Domingo Torres, se mostró confiado en que se escuchen los datos recopilados por la Comisión antes de tomar una decisión final.
Por el momento, la estructura actual de la Ley 47-2021 permanece vigente, manteniendo la esperanza de los sectores laborales de que el salario mínimo siga sujeto a revisiones científicas periódicas y no únicamente al vaivén político legislativo. UGT sigue en pie de lucha, trabajando por sus unionados y el pueblo de Puerto Rico.
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